A
través de una reforma al Código de Procedimiento Penal de la provincia de
Buenos Aires se busca atacar los delitos relacionados con violencia familiar.
El
proyecto de ley presentado por el diputado Juan de Jesús está basado en que “la
violencia doméstica inmersa hoy en el cuerpo social destruye los valores más
respetados y actualmente mata, destruye el amor y la solidaridad propia del
seno familiar”, según fundamentó.
Con
la incorporación de un inciso al artículo 83 del CPP, la víctima de violencia
familiar, al denunciar el hecho, deberá ser notificada que tiene derecho a
solicitar la exclusión del autor de su vivienda, la prohibición del acceso a su
domicilio, trabajo o estudio, a fijar un límite de exclusión, o a pedir alguna
otra medida. Será considerada falta grave para el funcionario que no de a
conocer estas facultades.
Así
también se amplía el espectro de los delitos porque hasta ahora las medidas protectivas
se limitaban a los casos de procesos por lesiones dolosas. A partir de esta
reforma el fiscal tendrá un término improrrogable de 24 horas para, aún sin
petición de la víctima, requerir al Juez de Garantías la realización de
cualquiera de las pautas protectivas ya establecidas. El Magistrado por su
parte deberá resolver la petición en el término de 24 horas. En caso de ser
denegado el pedido, tanto la víctima como el Ministerio Público Fiscal podrán
apelar por simple nota y deberá ser resuelto dentro de los tres días
siguientes.
La
iniciativa legislativa establece que el fiscal deberá certificar diligentemente
si el denunciado tiene condenas o procesos pendientes sobre violencia familiar
ya que de ser así se justificará la aplicación por parte del juez interviniente
de medidas protectivas que podrán mantenerse hasta la conclusión del proceso.
Prensa Bloque FpV PJ. Cámara Diputados Provincia Buenos Aires.
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